UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO

Instituto de biología

POSGRADO EN CIENCIAS BIOLÓGICAS

REGLAMENTO DEL SALÓN DE CÓMPUTO

 

 

PROPÓSITO DEL REGLAMENTO.

El presente reglamento establece los objetivos, infraestructura, personal, actividades, y operación del Salón de Cómputo del Instituto de Biología para el Posgrado en Ciencias Biológicas de la UNAM.

 

DEFINICIÓN Y OBJETIVOS.

El Salón de Cómputo es el área creada en el IBUNAM con el fin de apoyar las actividades del Programa de Posgrado en Ciencias Biológicas de la UNAM, de la siguiente forma:

·         Ofrecer a los docentes un lugar para impartir clases o desarrollar prácticas de cualquier asignatura incluida en el Programa de Posgrado que requieran de este equipo.

·         Apoyar las actividades académicas de tutores y estudiantes del Posgrado mediante el equipo de cómputo.

 

RESPONSABLE Y PERSONAL

·         El Salón de Cómputo depende directamente del responsable del Posgrado en Ciencias Biológicas en el Instituto de Biología. La Oficina se encargará de las reservaciones, el mantenimiento del equipo e instalación de los programas previamente solicitados, así como de los problemas surgidos por el incumplimiento del reglamento.

 

INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS

·         El Salón de Cómputo cuenta con

1.      Computadoras (10 PC y 2 Mac Power) y mobiliario para 12 usuarios.

2.      En la Oficina de Posgrado se encuentran instalados una computadora, una impresora láser en color, un escáner y un reproductor de diapositivas. Dicho equipo deberá ser utilizado en la misma oficina.

3.      Asimismo se cuenta con un plotter, el cual está ubicado en la Unidad de Cómputo del Instituto de Biología.

·         El horario de funcionamiento del salón es de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de 15:00 a 18:00.

 

USUARIOS DEL SALÓN DE CÓMPUTO

·         Dentro de las personas que pueden hacer uso del Salón de Cómputo se contemplan usuarios internos y externos.

Usuarios internos:

Son los tutores acreditados y estudiantes que participan en el Programa de Posgrado en Ciencias Biológicas de la UNAM.

1.      El personal académico que realice actividades docentes y requiera del uso del Salón de Cómputo, deberá impartir una asignatura del programa de Posgrado. El profesor titular deberá entregar su solicitud en la Oficina de Posgrado en cuanto sea dada de alta su materia, con el fin de programar los horarios. Además tendrá que facilitar una relación de los alumnos inscritos.

2.      Los profesores que requieran hacer uso del salón de manera eventual deberán notificarlo con cinco días hábiles de anticipación.

3.      Los estudiantes que requieran utilizar el Salón de Cómputo, deberán estar inscritos en el programa de Posgrado. En este caso el usuario deberá hacer su reservación en la misma oficina. Podrá disponer del equipo hasta por dos horas continuas, pudiendo refrendarlo si no hay demanda por parte de otros usuarios.

4.      Los usuarios que tengan reservación y por algún motivo no hagan uso del Salón de Cómputo deberán notificarlo con anticipación.

 

Usuarios externos:

Se consideran usuarios externos a todos aquellos (académicos o estudiantes) que no pertenezcan al Posgrado en Ciencias Biológicas, pero que estén adscritos al Instituto de Biología o bien se trate de profesores invitados.

1.      Para disponer del equipo de cómputo, el usuario externo deberá hacer su solicitud presentando su credencial del IBUNAM.

2.      Tendrán prioridad los usuarios internos sobre los externos, por lo que el préstamo de servicio dependerá de la disponibilidad de equipo.

 

SISTEMA DE PAGO

·         Para disponer del plotter y la impresora láser a color se requerirá hacer la solicitud correspondiente con anticipación.

·         Este servicio tendrá un costo por número de impresiones. El pago se realizará en la Secretaría Administrativa (el formato para el pago por uso del plotter se encuentra disponible en la Secretaría Técnica y tiene un costo de 250 pesos dependiendo de la saturación de imágenes). La cuota de impresión será destinada para la recuperación de los costos de consumibles (hojas y cartuchos de tinta).

·         Los impresos son responsabilidad del usuario, por lo que toda hoja, tenga errores o no, será con cargo al usuario.

 

OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES A LOS USUARIOS

Obligaciones:

1.      Cumplir con las disposiciones generales que en materia de cómputo se dicten en el presente Reglamento.

2.      Responsabilizarse del uso adecuado del equipo que le sea asignado, respetando el horario que se establezca para ocuparlo.

3.      Es responsabilidad del profesor el comportamiento del grupo durante su clase.

4.      Con el fin de llevar un control, cada equipo contará con una bitácora, en la cual el usuario se registrará obligatoriamente antes de iniciar su sesión de trabajo.

5.      Revisar que los discos que utilicen estén libres de virus.

6.      Contribuir a preservar los inmuebles y mobiliario del Salón de Cómputo, sujetándose a los mecanismos de control, seguridad y vigilancia que se establezcan.

7.      Guardar respeto y consideración a los demás usuarios y al personal del Salón.

8.      Respetar el Sistema de Pago por uso del plotter y de la impresora láser.

9.      Utilizar únicamente el equipo asignado y en caso de mal funcionamiento del mismo, reportarlo al encargado.

10.  Al terminar su sesión de trabajo, el usuario deberá dejar encendido el equipo y registrar su salida.

 

Prohibiciones:

1.      Utilizar las instalaciones con propósitos diferentes a los de tipo académico.

2.      Comportarse indebidamente en las instalaciones.

3.      Consumir bebidas, alimentos y cigarros.

4.      Faltar al respeto a usuarios y personal del Salón de Cómputo.

5.      Entrar con animales.

6.      Sustraer material o equipo del Salón de Cómputo.

7.      Alterar los programas y archivos de los discos duros o modificar la configuración de los sistemas.

8.      No se podrá usar un software que no se encuentre instalado. En caso de requerir uno no especificado en el Salón de Cómputo, solicitar por escrito su instalación a la Secretaría Técnica, siendo obligación del usuario el facilitar el software original si el Departamento de Posgrado no cuenta con él.

9.      No se podrá usar equipo de audio.

 

SUSPENSIÓN DE SERVICIO.

Cualquier falta al presente reglamento puede ser causa de suspensión temporal o permanente del servicio.